sábado, 1 de diciembre de 2012

¡CONGRESO APRUEBA LEY DE PRESUPUESTO PUBLICO PARA EL AÑO 2013, QUE CONTIENE ALGUNOS ASPECTOS FAVORABLES Y OTRAS DISPOSICIONES Y OMISIONES DESFAVORABLES PARA LOS TRABAJADORES!

¡CONGRESO APRUEBA LEY DE PRESUPUESTO PUBLICO PARA EL AÑO 2013, QUE CONTIENE ALGUNOS ASPECTOS FAVORABLES Y OTRAS DISPOSICIONES Y OMISIONES DESFAVORABLES PARA LOS TRABAJADORES! El Congreso de la República aprobó este 30 de Noviembre-2012, la Ley de Presupuesto para el Sector Público para el año 2013, la misma que contiene algunos aspectos favorables para los trabajadores, así como otras disposiciones desfavorables, y omisiones perjudiciales, entre otros, en tal sentido, resaltamos las disposiciones siguientes: -Aprueba Aguinaldo por Fiestas Patrias-2013, por la suma de S/.300.00 (Trescientos Nuevos Soles); -Aprueba Aguinaldo por Navidad-2013, por la suma de S/.300.00 (Trescientos Nuevos Soles); -Aprueba asignación por Escolaridad-2013, por la suma de S/.400.00 (Cuatrocientos Nuevos Soles), a efectivizarse junto a las remuneraciones del mes de Enero-2013 -Autoriza la trasferencia al Fondo D.U. 037-94, de la suma de S/.292´000,000.00 (Doscientos Noventa y Dos Millones de Nuevos Soles), para el Pago de los Devengados del D.U. 037 de los beneficiarios que cuenten con SENTENCIA JUDICIAL en cosa juzgada, informada al 31 de OCTUBRE-2012 al Ministerio de Economía, artículo que entra en vigencia al día siguiente de su publicación. -Autoriza la trasferencia al Fondo D.U. 037, de la suma de S/.50`000,000.00 (Cincuenta Millones de Nuevos Soles), para el pago de Devengados del D.U. 037-94, en el marco de la Ley Nº 29702, SIN NECESIDAD DE SENTENCIA JUDICIAL, articulo que entra en vigencia al día siguiente de su publicación. -Disponen el cierre a partir del 1º de Enero-2013 del Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Emblemática y Centenarias; -Disponen el cambio de denominación de los "incentivos laborales" por el de "INCENTIVO ÚNICO", disponiendo que el mismo se percibirá a través del CAFAE, incluido los conceptos señalados en el articulo 4º de la Ley Nº 29874 (D.S. 045-2004-EF, Ley Nº 28254, D.S. Nº 068-2005-EF, Ley Nº 29289, etc.), lo que SIGNIFICA QUE ESTOS CONCEPTOS SERIAN RETIRADOS DE LAS REMUNERACIONES (DEL CHEQUE), lo que si PERJUDICA abiertamente a los trabajadores, en tanto nuestras remuneraciones totales mensuales que aparecen en el cheque se reducirán en S/.300.00 (TRESCIENTOS NUEVOS SOLES), y por tanto se reducirán los montos de diferentes asignaciones que se calculan sobre la base de la remuneración total. La Autografa de esta "Ley" aprobada por el Congreso, que no considera ningún incremento de remuneraciones ni del incentivo laboral para el personal administrativo del sector educación, fue remitido el mismo 30 de Noviembre-2012, al Presidente de la República para su promulgación (firma) y posterior publicación.

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